
Ya está en vigor la nueva Ley de DESAHUCIO EXPRESS. Es la Ley 5 / 2018 y cuyo principal objetivo es acelerar el desalojo de las mafias de ocupas de viviendas de forma ilegal. La ocupación ha ido creciendo en los últimos tiempos. Parece ser que existen en España unas 90.000 viviendas ocupadas. El objetivo de la ley que entró en vigor el pasado 2 de julio es agilizar el desahucio a través de la vía civil, aunque no está disponible para cualquier propietario. Sólo podrán beneficiarse de esta solución de desahucio exprés los particulares, las entidades sin ánimo de lucro y las Administraciones Públicas que sean dueñas legítimas de los inmuebles ocupados. De manera que esto excluye a los bancos, inmobiliarias o fondos de inversión.
Las demandas podrán dirigirse contra los ocupantes del inmueble, y, en caso de desconocer su identificación, las mismas podrán entregarse a quien se encuentre en la vivienda ocupada al tiempo en que se practiquen las notificaciones. El plazo contemplado será escueto: Si el demandante ha solicitado la inmediata entrega de la posesión, el Juzgado dictará decreto requiriendo a los ocupas para que en el plazo de 5 días aporten el título que justifique su posesión, y de no hacerlo dictará auto ordenando la inmediata entrega contra el que no cabrá recurso alguno. La sentencia podrá ejecutarse sin necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto normalmente para la ejecución. Habrá que ver ahora si los juzgados pueden cumplir con estos cortos plazos debido a la sobrecarga de trabajo y la falta de medios técnicos y humanos de que adolece la administración de justicia.