
El Ministerio de Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han pactado la reforma del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, con el fin de que la venta a pérdidas de los inmuebles no tribute por este impuesto, al considerar que no se puede imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia.
Esta reforma se aplicará con carácter retroactivo desde el 15 de junio de 2017, una vez que entre en vigor esta proposición de ley prevista para el verano, el equipo de FOCUS LEGAL ABOGADOS le puede ayudar a solicitar la devolución de dicho tributo, ya que, según la nueva regulación del impuesto, no debieron haberlo pagado. La reforma del impuesto, también ha modificado el cálculo del tributo en aquellos supuestos en los que sí haya una ganancia patrimonial. En concreto, se han incluido unos nuevos coeficientes según el número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble, hasta un máximo de 20.