
Así lo ha dicho el Tribunal Supremo: El miembro de la pareja que se quede con la vivienda habitual de la misma sólo tendrá que pagar el 50% de AJD y no por el 100% como hasta ahora. Además, se podrá reclamar el impuesto pagado de más en los últimos cuatro años. La extinción de condominio es habitual en matrimonios o parejas que se separan, cuando uno de ellos se queda el inmueble. El impuesto por actos jurídicos documentados es competencia de cada Comunidad autónoma y el porcentaje oscila en cada una con un máximo del 1,5% del valor reflejado en escritura en las más caras.
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